Descripción de la obra
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La
búsqueda de la regla que debe observarse en virtud de una obligación jurídica,
en las diversas circunstancias del trascurso de la vida de los hombres,
constituye un problema al que cada uno de nosotros tiene ocasión de enfrentarse
cada día, y no es un problema específico de cuantos ejercitan profesiones que
requieren una particular preparación en el campo del derecho, como jueces,
abogados, funcionarios, notarios, etc. Normalmente, ni siquiera los juristas
cumplen con este tipo de búsqueda caso por caso, sino que tratan de determinar
una serie de principios o de reglas que derivan de otros principios y reglas,
que disciplinan la producción normativa (y la propia búsqueda de las normas),
es decir, que prevén un sistema de «fuentes del derecho» que operan como tal en
el ámbito del «ordenamiento jurídico» del caso que se considera. Los
ordenamientos jurídicos (y sus respectivos sistemas de fuentes) pueden operar
respecto de cualquier grupo social que se haya organizado según una técnica que
utilice los instrumentos propios del derecho, pero las más importantes, en la
actual fase histórica, son las fuentes adoptadas por los Estados.
En las
épocas moderna y contemporánea, los ordenamientos jurídicos a los que se hace referencia
son sobre todo los ordenamientos estatales, pero nada impide utilizar estas
nociones también en referencia al ordenamiento de la Comunidad internacional,
a los ordenamientos de las organizaciones internacionales y a los de los entes
públicos de diversos tipos, así como de las formaciones sociales operantes en
al ámbito de uno o más Estados, que presentan los elementos que caracterizan a
los ordenamientos jurídicos, es decir, la plurisubjetividad, la regulación y la
organización. También los ordenamientos puramente privados deben ser tenidos en
consideración para el estudio de los sistemas de fuentes.