Descripción de la obra
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Podrá, tal vez, discutirse que el Derecho sea una
Ciencia, la jurídica. Su propio relativismo histórico y geográfico pueden hacer
mella en tal posible calificación. Pero sucede con la mediación que, más allá
de ser una institución jurídica con su propia normativa habida en cada lugar,
en cada país, es, por encima de todo, una técnica extrajurídica, psicológica
incluso, de resolución, e incluso de prevención, de conflictos, aplicable a
todo ámbito: social, económico, cultural y también político.
Por eso mismo, el mediador no ha de ser juez, ni
árbitro, …, porque no actúa como tal. Ni siquiera es necesario que el mediador
sea jurista, sino tan solo, y no es poco, alguien que sepa ayudar a las partes
en conflicto a fin de llegar por ellas mismas, aunque con el auxilio del
mediador, a un acuerdo, a una solución. Con tal fin, la mediación, ni se
encuentra encorsetada por estrictas reglas jurídicas, ni entiende de fronteras.
Lo mismo sucede con muchos de los conflictos que hoy se producen en el mundo,
cuya solución no puede venir solo de la aplicación de rígidas normas que
aplique por su autoridad un juez, o un árbitro, dentro de su jurisdicción,
siempre limitada territorialmente y sujeta a las normas de Derecho. Son
necesarias reglas más flexibles, más abiertas al Nuevo Mundo, siempre en
constante cambio, y mediadores que, con buena técnica de mediación, sepan
aplicarlas para la resolución de aquellos conflictos, tam-bién cuando estos no
se produzcan dentro de un mismo territorio, sino entre varios, de forma
transfronteriza (más allá de una determinada ciudad, región, país, o cultura).