Descripción de la obra
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El legislador español ha elegido la norma de conflicto como expediente técnico más adecuado para resolver los litigios de tráfico externo, esto es, aquellos litigios de derecho privado vinculados con dos o más sístemas jurídicos. Por su parte, los jueces y tribunales, de conformidad con el principio de tutela efectiva consagrado en el art. 24 de la constitución, etán obligados a resolver sobre todas las pretensiones que se formulen; y deben hacerlo según lo dispuesto por el legislador. A nadie se le escapa la conclusión: los jueces y los tribunales españoles están obligados a resolver los litigios de tráfico externo según los dispuesto por la constitución y las normas de conflicto aplicables.