Descripción de la obra
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En este trabajo se ha asumido como punto de partida
que el que ayuda a otro a realizar o ejecutar un delito no lo ejecuta. En este
sentido, por ejemplo, el que ayuda a otro a matar no mata. Formulado desde el
punto de vista de los delitos de resultado lesivo, es evidente, por tanto, que
el que ayuda a otro a crear un riesgo no lo crea. Ello no significa que esa
conducta de ayuda o auxilio sea penalmente irrelevante, sino que su desvalor
penal no se deduce directa o exclusivamente de la regulación de la parte
especial del Código Penal, siendo preciso acudir a ciertas normas
complementarias de imputación recogidas en los arts. 27 ss. C. P.