Descripción de la obra
____________________________________________________________________
Los estudios romanísticos enseñan que el origen
cierto del instituto clásico de la «cessio bonorum» fue una «lex Julia», aunque
al propio tiempo se reconoce la existencia de precedentes anteriores, de los
que el más antiguo se concreta en el denominado juramento «bonae copiae» de la
ley «Poetelia Papiria» (año 441 o 448).
Los principales efectos de la cesión en lo que se
refiere al deudor consistían en evitar la ejecución sobre su persona y alejarle
de la infamia, consecuencias que cabalmente producían la «possessio» y la
«praescriptio» durante el plazo de treinta días. Este resultado se consideraba
como la correspondencia de la oferta espontánea y puesta a disposición de los
acreedores de los bienes, con las que les liberaba de las molestias y de los
gastos dimanantes de la «postulatio» para la consecución de la «missio in
bona».