Descripción de la obra
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El derecho penal material regula, como el derecho
civil material, el nacimiento, la modificación y el fin de relaciones jurídicas
(sobre todo de pretensiones); el derecho procesal penal se ocupa, como el
derecho procesal civil, de la realización de esta situación jurídica, normada
por el derecho material, en un procedimiento especial. El derecho procesal
penal, el derecho procesal civil, el derecho procesal administrativo y el
derecho procesal constitucional son derechos auxiliares, destinados siempre a
realizar el derecho penal material, civil, administrativo y constitucional. El
derecho material no se realiza siempre solo. Por cierto, los contratos, en su
mayor parte, se cumplen; por cierto, son válidos, por lo general, los actos
administrativos y las leyes son, en su mayoría, constitucionales. Pero, cuando
esto no ocurre, la realización del derecho material necesita de un
procedimiento judicial (prescindimos aquí de las excepciones).