Descripción de la obra
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Quizá piensen ustedes que lo más revelador que yo podría decir, sería explicar cómo hago para llegar a un dictamen. Sin embargo, con franqueza, dudo que la labor del juez de instrucción, en lo que respecta a la redacción de su dictamen, sea tan importante como lo es la tarea de presidir durante un juicio verbal. Allá, en mis tiempos de secretario del juzgado que presidía el juez A. N. Hand, solía él decir que un buen juez de instrucción debe acertar más o menos en dos terceras partes de sus dictámenes, y yo estoy seguro de que un juez de mediana inteligencia y con regular ilustración, puede dar dictámenes que en la gran mayoría de los casos pasarán airosamente cualquier examen.
Un elevado porcentaje de procesos corresponde a casos rutinarios. Y en aquellos que ofrecen serias dificultades, estoy convencido de que muchos jueces hacen lo que yo hago: preparan dos sentencias distintas, y luego ven cuál es la que mejor encaja. Pero la tarea de dictaminar no es nada comparada con la de llevar el juicio —especialmente cuando es por jurados— de tal manera que los jurados, las partes, los testigos, los abogados y los espectadores puedan no solo seguir el hilo de los hechos y derechos, sino que salgan de la sala del tribunal convencidos de la imparcialidad de los procedimientos y de la gran responsabilidad que cabe a los tribunales de justicia como propugnadores de aquellos valores que nos son más caros. El juez que tenga éxito en este intento siquiera la mitad de las veces, puede ser considerado como un hombre extraordinariamente bueno, pues en este aspecto de su trabajo el juez deberá ser medido tomando como base el éxito del maestro con sus alumnos, del padre con su hijo. Por muy buena que sea la instrucción, existen tantos intangibles e imponderables, que nadie puede estar totalmente seguro de que su actuación merece más que los puntos indispensables para salir aprobado.