Descripción de la obra
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Frente al Derecho positivo, el jurista informático
puede asumir dos actitudes.
La primera consiste en considerar al Derecho como un
dato incuestionable, al que adaptar las técnicas informáticas: si estas últimas
se revelan inadecuadas, no queda más que renunciar a su uso, En otras palabras,
el jurista informático está aquí en la posición del ciudadano que, sometido al
Derecho, debe aceptarlo tal como es. En este caso, el jurista informático viene
a encontrarse en una situación análoga a la del sociólogo del Derecho, cuya
tarea consiste en describir una determinada realidad jurídica, y no en formular
un juicio de valor sobre ella.
Se pasa así a la segunda actitud del jurista
informático frente al Derecho: si se supone que el Derecho es el producto de
una específica realidad socio-económica, la tarea del jurista informático
consistirá también en formular propuestas a fin de que el Derecho asuma nuevas
formas, que no obstaculicen el uso de las técnicas más avanzadas. En este
sentido se mueven, ya hoy, las revisiones de las viejas leyes que obstaculizan
el aprovechamiento racional de la automación (sobre todo en el sector
económico).