Descripción de la obra
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No se puede dar pena sin delito, y entre ambos
existe una relación que constituye toda la obra de la justicia práctica; por lo
que es natural que aquellos dos hechos hayan de parecer inseparables. Hay, no
obstante, algunas excepciones, que, aun cuando escasísimas, aun cuando se
oculten entre una gran masa de elementos opuestos, insinúan la duda de que la
coexistencia de aquellos dos hechos no es tan absoluta como a primera vista
pudiera parecer. Pues, en efecto, precisamente en el terreno práctico, si no hay
nunca pena sin delito, si hay delito sin pena, bien porque el Estado crea que
es más útil no interesarse en algunos delitos. Por tanto, un examen completo,
que tenga presente la regla y no olvide la excepción, nos lleva al siguiente
resultado: explica suficientemente por qué, en las conversaciones y discursos
ordinarios y en las obras científicas, los dos términos delito y pena van casi
siempre unidos, y deja abierta la puerta, estrecha si se quiere, a la
posibilidad de separarlos. De esta manera, en el puro terreno de los hechos,
hay cuanto es necesario para poder elevarse a una discusión de principios.